Nociones de derecho(matrimonio).

El Matrimonio:

Introducción:

Este tema a tratar es un tema muy conocido pero de suma importancia, aquí trataremos sobre lo que es el matrimonio, sus consideraciones, efectos, lo que puede causar el incumplimiento de las normas y un poco sobre lo que es el divorcio, ya que es un tema de suma importancia para el conocimiento de cada uno de los jóvenes principalmente. 

Definición:

El Matrimonio, se trata de la unión de un hombre y una mujer que se concreta a través de determinados ritos o trámites legales. En los últimos años, cada vez más estados han aceptado el matrimonio entre personas del mismo sexo, con lo que está unión conyugal ha dejado de ser patrimonio de la heterosexualidad.


Condiciones de fondo y de forma:


Para que exista un matrimonio válido y lícito es necesaria la reunión de requisitos de fondo y requisitos de forma.
Los requisitos de fondo son:
  • La diversidad del sexo de los contrayentes(con exepcion de algunas legislaciones), 
  • La ausencia de impedimentos establecidos por la ley;
  • Que el consentimiento se exprese libre de vicios.
Para los requisitos de forma lo fundamental es que el consentimiento se otorge ante el oficial público facultado para consumar el matrimonio de los contrario su ausencia provoca la inexistencia del vinculo conyugal. El resto de la falta de formas puede subsanarse.


 El concordato:



Los Concordatos pertenecen al
buen gobierno de la Iglesia, y sirven pri-
mordialmente para asegurar la verdadera
libertad religiosa del católico en el ejerci-
cio de su religión, y para evitar con los
gobiernos roces innecesarios en materias
que se llaman mixtas (educacion, matri-
monio, etc.) en las cuales tanto el Estado
como la Iglesia, desde puntos diferentes
y por motivos diversos, tienen competen-
cia. Los Concordatos son también ade-
cuados para que la Iglesia, en la esfera
que le compete, colabore con el Estado
en el desarrollo integral de la nación y de
la persona humana. Por eso existe varie-
dad de Concordatos o convenios entre el
Estado y la Iglesia, según los diversos paí-
ses, tiempos y circunstancias.

Sanciones al incumplimiento de estas condiciones:


Sanciónes de los requisitos matrimoniales: Sanciones Aplicables a los ´contrayentes y SancionesAplicables a los Funcionarios.

 En el caso de las sanciones que recaen en los contrayentes podemos dividirlaen dos grandes grupos: las preventivas y las punitivas.

Con las Sanciones Preventivas: Se trata de evitar la celebración de unmatrimonio irregular independientemente de que esta sea muy leve siempre darálugar a una sanción.

Con las Sanciones Punitivas:Por el contrario, sólo tienen sentido si por una uotra razón han fracasado las preventivas y el matrimonio irregular llega acelebrarse, a pesar que ciertos vicios de forma y de fondo del matrimonio, noacarrean sanción alguna en contraposición hay irregularidades que si acarrean sanción siendo esta de distintos tipos: Penales, Económicas y las restantes deíndole civil.

Efectos del matrimonio:


El Matrimonio produce dos tipos de efectos  entre los cónyuges, que afectan bien a la esfera personal (estos son, los derechos y obligaciones de los cónyuges) bien a la espera patrimonial (es decir, al régimen económico que ha de regir el matrimonio).

Se trata de diversos deberes que el matrimonio origina entre los cónyuges. Regulados en los Art. 131 a 134 del código civil.

Hasta la dictación de la Ley 18.802 existen deberes:
– Recíprocos, que son los de fidelidad, socorro y ayuda mutua.
– Individuales, que es el deber del hombre de brindar protección a la mujer y los deberes de la mujer de obediencia hacia el marido, deber de seguirlo y el derecho de que su marido la recibiera en su casa.
Actualmente son todos recíprocos, por ello más que un cambio sustancial existe un cambio en la forma de plantearlo.  La Ley 18.802 establece derechos y deberes recíprocos que son:

  1. Deber de fidelidad
  1. Deber de socorro
  1. Ayuda mutua o asistencia
  1. Respeto recíproco
  1. Protección recíproca
  1. Derecho y deber de vivir en el hogar común
  1. Derecho de cohabitación
  1. Deberes de proporcionar auxilio y expensas para la litis.

El divorcio definícion y causas:


Ley de Divorcio No.1306-Bis, "Art. 1.- el Matrimonio se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges o por el divorcio."
El Divorcio se puede definir como "la disolución del vinculo matrimonial que deja a los cónyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio". También puede ser definido "El Divorcio es la ruptura del vínculo conyugal, pronunciado por tribunales, a solicitud de uno de los esposos (Divorcio por causa determinada) o de ambos (Divorcio por mutuo consentimiento) sanción resultante de una acción encaminada a obtener la disolución del matrimonio".
Es decir que el divorcio es sinónimo de rompimiento absoluto y definitivo del vínculo matrimonial entre los esposos, por la intervención de una autoridad judicial facultada por las leyes. 
Las causas de divorcio están contenidas en el Capitulo II, Art. 2.,de la Ley 1306-bis, sobre Divorcio (Mod. por la Ley No. 2669), el cual se plantea como motivo de divorcio, de manera expresa, excluyente y limitativa las siguientes causales:
 a)- El mutuo consentimiento de los esposos.
 b)- La incompatibilidad de caracteres justificada por hechos cuya magnitud como causa de infelicidad de los cónyuges y de perturbación social, suficientes para motivar el divorcio, será apreciada por los jueces.
 c)- La ausencia decretada por el tribunal de conformidad con las prescripciones contenidas en el capítulo II del título IV del libro primero del Código Civil.
 d)- El adulterio de cualquiera de los cónyuges.
 e)- La condenación de uno de los esposos a una pena criminal.
 No podrá pedirse el divorcio por esta causa si la condenación es la sanción de crímenes políticos.
 f)- Las sevicias o injurias graves cometidas por uno de los esposos respecto del otro.
 g)- El abandono voluntario que uno de los esposos haga del hogar, siempre que no regrese a el en el término de dos años. Este plazo tendrá como punto de partida la notificación auténtica hecha al cónyuge que ha abandonado el hogar por el otro cónyuge.
 h)- La embriaguez habitual de uno de los esposos, o el uso habitual o inmoderado de drogas estupefacientes. 




Bibliografía:


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DERECHO DE FAMILIA

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